Inédito: un fallo en Estados Unidos identifica las impresoras Lexmark ensambladas en México como originarias de China

El fallo de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos identifica las impresoras de las series MS/MX y CS/CX de Lexmark ensambladas en México como originarias de China.

En un influyente fallo de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de Estados Unidos, el país de origen de las impresoras de las series MS/MX y CS/CX de Lexmark, ensambladas en México, ha sido reasignado a China. Esta determinación surgió en respuesta a una solicitud de Lexmark de una aclaración oficial sobre el origen de estos modelos de impresoras específicos.

 El fallo evalúa críticamente el proceso de ensamblaje de las impresoras, destacando que los componentes principales, denominados transportes de impresoras, se fabrican en China. La CBP destacó que estas imprentas experimentan una transformación significativa en China, que es el factor principal para determinar su país de origen. Esta transformación es lo suficientemente sustancial como para que, a pesar de que las impresoras se ensamblan en México, su esencia e identidad funcional se atribuyan a los procesos de fabricación anteriores en China.

Este cambio en la clasificación del país de origen puede someter a Lexmark a derechos comerciales correctivos adicionales de la Sección 301, en línea con la revisión intensificada del gobierno de los EE. UU. de los orígenes de los productos tecnológicos, con un enfoque particular en los artículos relacionados con China. Representa una mayor vigilancia sobre el cumplimiento comercial y el seguimiento de los componentes del producto hasta su origen.

Para Lexmark, esta reclasificación significa que sus productos, que antes se consideraban originarios e importados de México, ahora llevan una etiqueta de origen chino. Esto podría conducir a aranceles más altos y a un examen comercial más detenido. Tal reclasificación puede requerir que Lexmark reevalúe críticamente sus estrategias de fabricación y cadena de suministro para adaptarse al nuevo panorama comercial. Además, este fallo podría instigar debates más amplios dentro del sector tecnológico sobre las complejidades de la globalización, las complejidades de la cadena de suministro y el cumplimiento de las leyes comerciales.

Lexmark no ha comentado públicamente sobre esta decisión. Se prevé que este fallo tendrá un efecto dominó, potencialmente remodelando los enfoques operativos de Lexmark y sentando un precedente para otras empresas de tecnología en la gestión de sus estrategias de producción y cumplimiento internacionales.